Sí, podemos divulgar información de salud sin su autorización a agencias gubernamentales e individuos y organizaciones privadas en una variedad de circunstancias en las cuales estamos exigidos o autorizados por ley a hacerlo. Determinada información puede estar sujeta a restricciones por la ley federal o estatal que puede limitar o evitar algunos usos o divulgaciones. Por ejemplo, hay algunas restricciones especiales en la divulgación de información de salud relacionada con el estado de VIH/SIDA, información genética, tratamiento de salud mental, incapacidades del desarrollo y tratamiento por abuso de alcohol y drogas. Cumplimos con esas restricciones en nuestro uso de su información de salud.
Algunos ejemplos de tipos de divulgaciones que podemos estar obligados o autorizados a hacer sin su autorización incluyen:
- Cuando lo exige la ley: PHC divulgará su información de salud cuando una ley federal, estatal o local nos lo exija.
- Cuando existen riesgos para la salud pública: PHC puede divulgar su información de salud:
- A las autoridades de salud u otras personas autorizadas en relación con actividades de salud pública, como para prevenir o controlar enfermedades, lesiones o incapacidades, o para supervisión o investigaciones de salud pública.
- Para recolectar información o informar eventos adversos relacionados a la calidad, seguridad o eficacia de productos o actividades regulados por la FDA.
- Para denunciar abuso, negligencia o violencia doméstica: PHC está obligado a notificar a agencias gubernamentales si creemos que un miembro es víctima de abuso, negligencia o violencia doméstica.
En relación con procedimientos judiciales o administrativos: PHC puede divulgar su información de salud en el curso de cualquier procedimiento administrativo o judicial en respuesta a una orden de una corte o tribunal administrativo, según lo autorice expresamente dicha orden o en respuesta a una citación judicial, solicitud de producción de pruebas u otros procesos legales, pero solo cuando PHC haga los esfuerzos razonables ya sea para notificarle acerca de la solicitud o para obtener una orden para proteger su información de salud.
Para propósitos de aplicación de la ley:
- Según lo requiera la ley para informar acerca de determinados tipos de heridas u otras lesiones físicas según una orden de tribunal, autorización, citación o proceso semejante.
- Para identificar o ubicar a un sospechoso, fugitivo, testigo material o persona desaparecida.
- Bajo ciertas circunstancias, cuando usted es víctima de un crimen.
- A un funcionario de aplicación de la ley si PHC tiene una sospecha de que su fallecimiento fue resultado de una conducta criminar, incluida una conducta criminal en PHC.
- En una emergencia con el fin de denunciar un crimen.
Para donación de órganos, ojos o tejidos: PHC puede usar o divulgar su información de salud a organizaciones de búsqueda de órganos u otras entidades involucradas en la búsqueda, colocación en bancos o trasplante de órganos, ojos o tejidos, con el propósito de facilitar la donación y el trasplante.
En el caso de amenaza grave a la salud o seguridad: PHC puede, de conformidad con la ley aplicable y los estándares éticos de conducta, divulgar su información de salud si PHC, de buena fe, considera que dicha divulgación es necesaria para prevenir o disminuir una amenaza grave e inminente a la salud y la seguridad del público.
Para funciones gubernamentales especificadas: PHC puede hacer divulgaciones a funcionarios federales en actividades de seguridad nacional o para la provisión de servicios de protección a funcionarios.
Para Compensación de los trabajadores: PHC puede divulgar su información de salud para compensación de los trabajadores o programas similares.
A una institución correccional o un funcionario de aplicación de la ley: Si usted es un preso de una institución correccional o bajo la custodia de un funcionario de aplicación de la ley, podemos divulgar información de salud sobre usted a la institución o funcionario.
A otras agencias que administran programas de beneficios de salud gubernamentales, según lo autoriza o exige la ley.
Para propósitos de vacunación: A una escuela, acerca de un miembro que es estudiante o posible estudiante de la escuela, pero solo si: (1) la información que se divulga está limitada a comprobantes de vacunación; (2) la escuela está obligada por la ley estatal u otra ley a tener dicho comprobante de vacunación antes de admitir a un miembro; y (3) hay un acuerdo documentado por el miembro o tutor del miembro.
Para ayuda en casos de catástrofes: PHC puede divulgar a una entidad pública o privada autorizada por ley o por sus estatutos para asistir en esfuerzos en casos de catástrofes.
Para propósitos de investigación: PHC puede usar o divulgar información de salud protegida para propósitos de investigación.